Disposiciones para kioscos y despensas
Información para el comerciante rubro despensas y kioscos
La Subsecretaría de Protección Ciudadana y Habilitaciones informa a los comerciantes del rubro kiosco y despensa las siguientes recomendaciones a tener en cuenta:
La Subsecretaría de Protección Ciudadana y Habilitaciones informa a los comerciantes del rubro kiosco y despensa las siguientes recomendaciones a tener en cuenta:
- Todo comercio debe contar con la habilitación municipal definitiva para tal fin y la misma estar visible en el local comercial. En caso de no poseerla; dirigirse a la Oficina de Habilitaciones ubicada en Av. 25 de Mayo N° 519.
- Todos los agentes manipuladores de alimentos deben poseer libreta sanitaria la cual se tramita en mesa de entradas del Hospital Municipal “Dr. Ángel Pintos”.
- Las heladeras como otros equipos y utensilios que entran en contacto con los alimentos deben mantenerse en condiciones adecuadas de higiene para prevenir que se constituya una fuente de contaminación para los mismos.
- Todos los productos a la venta deben poseer su rótulo reglamentario con sus fechas de aptitud aptas para consumo. Cabe aclarar que un rótulo es reglamentario cuando posee: marca, nombre y apellido del elaborador; domicilio; número de certificado de inscripción (siglas R.P.P.A; R.N.P.A o PAMS), establecimiento elaborador (siglas R.P.E. o R.N.E.), fecha de vencimiento, lote, y contenido neto.
- Se encuentra prohibida la venta de productos de elaboración casera: panificados, chacinados (milanesas, hamburguesas, chorizos secos y frescos, salchichas parrilleras, morcilla), empanadas, pizzas.
- A su vez en kioscos y despensas se encuentra prohibida la venta de cortes cárnicos (porcinos, ovinos, bovino, aves), carne picada, chacinados frescos (chorizos, salchichas parrilleras, morcilla) y miel sin rótulo.
- Aquellos productos envasados que requieran refrigeración deben poseer una temperatura menor a 5°centígrados y aquellos que requieran congelación, -18°centígrados debiendo estar almacenados en freezer.
- Debe asegurarse que el transportista, previo a su descargue, haya realizado el control bromatológico obligatorio; para ello solicitar el formulario de ingreso o las boletas que estarán selladas con un sello fechador distintivo de la oficina.
- Aquellos que vendan también artículo de limpieza deben contar con un lugar de almacenamiento o exposición específico para ello.
- Está prohibido el ingreso o permanencia de animales domésticos en el local comercial.
- Contar con un control de plagas o agentes trasmisores de enfermedades tales como cucarachas, roedores. En caso de ser necesario, consultar a personal idóneo.
- El personal manipulador debe poseer indumentaria específica para la actividad; preferentemente de color clara y en perfecto estado de higiene.
- Mantener en todo momento el orden e higiene del lugar y personal.
Ante cualquier duda, consultar en la oficina de Bromatología, Av. Piazza 1315 o llamar al 425267.